RESOLUCIÓN 4231 DE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO: LINEAMIENTOS PARA AGENDAR REUNIÓN CON LA SIC PARA TRATAR ASUNTOS PROPIOS DE LA ENTIDAD.

RESOLUCIÓN 4231 DE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO: LINEAMIENTOS PARA AGENDAR REUNIÓN CON LA SIC PARA TRATAR ASUNTOS PROPIOS DE LA ENTIDAD.

La Superintendencia de Industria y Comercio ha expedido la Resolución 4231 del 22 de febrero de 2024. Mediante esta resolución, se establecen lineamientos para agendar reunión con la SIC, especificamente,  entre personas naturales o jurídicas y funcionarios o contratistas de la entidad.

 

La anterior resolución se dicta con el fin de dar aplicación al artículo 74 y 209 de la Constitución Nacional, a la Ley 2294 de 2023, al artículo 73 de la Ley 1474 del 2011 (Ley Anti-Corrupción), a la Ley 1712 del 2014 y al artículo 15 de la Ley 1437 del 2011. Los mencionados artículos y leyes, en términos generales, tratan el derecho que tienen los ciudadanos a acceder a los documentos públicos (salvo los que tengan la categoría de secretos según la ley), así como la transparencia que deben tener las entidades gubernamentales en su actuar y la posibilidad que deben brindarle al ciudadano para consultar y conocer sus actuaciones.

 

Algunos de los artículos mencionados anteriormente establecen lo siguiente:

 

Artículo 74 de la Constitución Nacional: “Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos, salvo los casos que establezca la ley. El secreto profesional es inviolable.”

 

Artículo 209 de la Constitución Nacional: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”

 

Ley 1437 del 2011, Artículo 15: “Presentación y radicación de peticiones…” (se incluye el contenido del artículo). : “Presentación y radicación de peticiones. Las peticiones podrán presentarse verbalmente y deberá quedar constancia de la misma, o por escrito, y a través de cualquier medio idóneo para la comunicación o transferencia de datos. Los recursos se presentarán conforme a las normas especiales de este código.

 

Cuando una petición no se acompañe de los documentos e informaciones requeridos por la ley, en el acto de recibo la autoridad deberá indicar al peticionario los que falten.

 

Si este insiste en que se radique, así se hará dejando constancia de los requisitos o documentos faltantes. Si quien presenta una petición verbal pide constancia de haberla presentado, el funcionario la expedirá en forma sucinta.

 

Las autoridades podrán exigir que ciertas peticiones se presenten por escrito, y pondrán a disposición de los interesados, sin costo, a menos que una ley expresamente señale lo contrario, formularios y otros instrumentos estandarizados para facilitar su diligenciamiento. En todo caso, los peticionarios no quedarán impedidos para aportar o formular con su petición argumentos, pruebas o documentos adicionales que los formularios no contemplen, sin que por su utilización las autoridades queden relevadas del deber de resolver sobre todos los aspectos y pruebas que les sean planteados o presentados más allá del contenido de dichos formularios.

 

A la petición escrita se podrá acompañar una copia que, recibida por el funcionario respectivo con anotación de la fecha y hora de su presentación, y del número y clase de los documentos anexos, tendrá el mismo valor legal del original y se devolverá al interesado a través de cualquier medio idóneo para la comunicación o transferencia de datos. Esta autenticación no causará costo alguno al peticionario.

 

PARÁGRAFO 1°. En caso de que la petición sea enviada a través de cualquier medio idóneo para la comunicación o transferencia de datos, esta tendrá como datos de fecha y hora de radicación, así como el número y clase de documentos recibidos, los registrados en el medio por el cual se han recibido los documentos.

 

PARÁGRAFO 2°. Ninguna autoridad podrá negarse a la recepción y radicación de solicitudes y peticiones respetuosas.

 

PARÁGRAFO 3°. Cuando la petición se presente verbalmente ella deberá efectuarse en la oficina o dependencia que cada entidad defina para ese efecto. El Gobierno Nacional reglamentará la materia en un plazo no mayor a noventa (90) días, a partir de la promulgación de la presente ley.

 

NOTA: Declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE, ‘bajo el entendido que la exigencia de que las peticiones sean presentadas por escrito deberá ser motivada por la autoridad correspondiente mediante acto administrativo de carácter general’, y salvo los apartes de texto original del proyecto declarados INEXEQUIBLES, por la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-951 de diciembre de 2014.

 

NOTA: Declarado INEXEQUIBLE (diferido hasta el 31 de diciembre de 2014) por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-818 de 2011”

 

 

La Superintendencia, en la resolución mencionada, establece las siguientes pautas que deben tenerse en cuenta por las personas naturales o jurídicas, o sus apoderados, que deseen reunirse con funcionarios o contratistas de la entidad para tratar asuntos propios de la entidad:

 

  1. Solicitar cita a través de la sede electrónica de la entidad, en el apartado de «Atención y Servicios a la Ciudadanía – Canales de Atención: Pide una cita».

 

https://sedeelectronica.sic.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania#:~:text=Canales%20de%20atenci%C3%B3n%20y%20pide%20una%20cita

 

  1. Completar un formulario que indique: nombre de las personas que participarán, cargo o calidad de los participantes, área involucrada de la entidad, correo electrónico y teléfono del interesado.

 

https://sedeelectronica.sic.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania#:~:text=Canales%20de%20atenci%C3%B3n%20y%20pide%20una%20cita

 

 

  1. Diligenciar el formulario de agendamiento de cita, donde se autoriza el tratamiento de datos.

 

https://servicioslinea.sic.gov.co/servilinea/superagenda/index.php#:~:text=He%20sido%20informado%20que%20la%20Superintendencia%20de,NO%20autorizo%20el%20tratamiento%20de%20datos%20sensibles

 

 

  1. Tener en cuenta que no es obligatorio agendar la cita, y en caso de hacerlo, está siempre deberá estar conformada por personas autorizadas para tal fin.

 

Consideraciones adicionales:

 

  1. Queda prohibido ofrecer o solicitar regalos, invitaciones, beneficios, etc., a los funcionarios o contratistas de la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

  1. Ningún funcionario o contratista podrá tratar de manera individual, dentro o fuera de la entidad, asuntos que estén bajo tratamiento, sin contar con las formalidades mencionadas anteriormente.

 

  1. La Superintendencia deberá publicar, dentro de los 5 días de cada mes, el registro de las resoluciones que se llevaron a cabo.

 

  1. La Superintendencia de Industria y Comercio se encargará de la organización y conservación de estas reuniones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 594 del 2000.

 

 

 

Para consultar el texto del a resolución da click aquí: https://www.google.com/search?q=resoluci%C3%B3n+4231+22+de+febrero+del+2024&rlz=1C5CHFA_enCO982CO982&oq=resoluci%C3%B3n+4231+22+de+febrero+del+2024&gs_lcrp=EgZjaHJvbWUyBggAEEUYOTIKCAEQABiABBiiBDIKCAIQABiABBiiBDIKCAMQABiABBiiBNIBCjIzMzIwajBqMTWoAgCwAgA&sourceid=chrome&ie=UTF-8#:~:text=Resolucion%2D4231%2D2024,%E2%80%BA%20files%20%E2%80%BA%20normativa

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Juan Luis Palacio Puerta

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Juan Luis Palacio Puerta is a lawyer specializing in Commercial and Financial Law, graduating with honors from Sergio Arboleda University in Bogotá, Colombia. With over 10 years of experience in high-complexity litigation, Juan Luis has demonstrated his ability to successfully represent companies and individuals in a wide range of legal disputes.

As the director of the litigation department at PALACIO & ABOGADOS ASESORES, Juan Luis has led legal teams in representing companies from various sectors, including finance, health, construction, telecommunications, and creative industries. He has handled complex matters in both ordinary jurisdiction and arbitration, demonstrating his ability to face legal challenges with determination and professionalism. Additionally, he has experience advising companies on corporate matters.

His involvement as secretary for Arbitration Tribunals of the Bogotá Chamber of Commerce and as an arbitrator in the Chambers of Commerce of Cali and Medellín reflects his commitment to fair and equitable conflict resolution.

- Specialist in Commercial and Financial Law, Universidad Sergio Arboleda, Bogotá.
- Lawyer from Universidad Sergio Arboleda, Bogotá, graduating Summa cum Laude.

- Recognized by the Best Lawyers Colombia publication in 2022, 2023, and 2024 for Corporate Law.

- College of Commercial Lawyers
- International Trademark Association (INTA)

- Summa cum Laude Law Degree in 2014.
- Member of the "Rodrigo Noguera Laborde" Honors Group in 2011.
- Winner of the "Academic Merit" Scholarship in 2011.
- Special Mention as "Speaker" in the V International Commercial Arbitration Competition of American University in 2012.
- Member of the Talent Seedbed of COLFUTURO.
- Recognized as one of the best results in the Icfes Saber Pro Tests (equivalent to bar exam) in 2013.

Marcela Palacio Puerta

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Marcela Palacio Puerta is a lawyer specializing in intellectual property law, with outstanding academic training and extensive experience in the legal field. Marcela holds a Doctor of Juridical Science from the American University Washington College of Law, Washington DC, where she also obtained her Master of Laws (LL.M) in International Legal Studies with specialization on International and Comparative Intellectual Property. Additionally, she graduated magna cum laude as a Lawyer from Sergio Arboleda University.

As the Director of the Intellectual Property practice area at PALACIO & ABOGADOS ASESORES, Marcela advises artists, authors, and companies on the management of their copyrights, trademarks, trade names, logos, patents, and other intangible assets. Her extensive experience in intellectual property litigation positions her as an expert in resolving complex legal disputes in this field.

In addition to her legal practice, Marcela has dedicated 13 years to university teaching, conferences, and research in the field of intellectual property. Her dedication and academic excellence have led her to be recognized as a Senior Researcher by Colciencias.

- Doctor of Juridical Science, American University Washington College of Law, Washington D.C, United States.
- Master of Laws in International Legal Studies with specialization on International and Comparative Intellectual Property, American University Washington College of Law, Washington D.C, United States.
- Lawyer from Universidad Sergio Arboleda, Bogotá, graduating magna cum laude.

- Recognized by the Best Lawyers Colombia 2024 publication for the field of intellectual property.

- International Trademark Association (INTA)
- Colombian Copyright Center (CECOLDA)
- College of Commercial Lawyers

- Scholarship recipient to attend the WIPO-WTO Colloquium for Intellectual Property Professors, organized by the World Intellectual Property Organization (2016).
- Google Policy Fellow (2013).
- Colfuturo Scholar (2011).
- Ninth place nationally in the SaberPro exams ( equvalent to Bar exam) (2010).
- Degree in Law magna cum laude (2011).
- Member of the "Rodrigo Noguera Laborde" Honors Group (2008).
- Scholarship for the best Law student (2008).
- Second place in the Moot Court Competition "Eduardo Jiménez de Aréchega" (2008).

Juan Ángel Palacio Hincapié

Founding Partner

Juan Ángel Palacio Hincapié, former Magistrate of the State Council (2008), is a prominent expert in administrative and public law, with a widely recognized professional trajectory. Following his tenure at the State Council and after a long career as a judge in the Republic of Colombia, Juan Ángel founded PALACIO & ABOGADOS ASESORES in October 2008, where he brings his vast experience in complex litigation and strategic legal advice.

His teaching and academic experience in areas such as administrative law, procedural law, public procurement, state liability, tax law, and public economics make him a reference in his field. In his professional practice, he has advised companies in bidding processes and has represented state and private entities in various legal disputes.

- Master's in Administrative Law from Universidad Sergio Arboleda, Bogotá, Colombia.
- Specialist in Administrative and Public Law from Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín.
- Lawyer from Pontifical Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín.

- Recognized by "Best Lawyers Colombia" publication for his trajectory in Arbitration since 2021.
- Recognized by "Best Lawyers Colombia" publication for his trajectory in administrative law since 2022.
- Bolivarian Talent in the Social Field. Bolivarian University. Medellín, 2007.
- Order of the Whip. Illustrious Citizen. Ciudad Ixtapán de la SaL. Mexico, 2005.
- Executive of the Year 2004.
- Guest of Honor. Santiago de Cali University. July 2001.

- Public Procurement by State Entities, Juridical Bookstore Sánchez: Medellín, 2020.
- Administrative Procedural Law, Juridical Bookstore Sánchez: Medellín, 2021.

Socio

Juan Ángel Palacio Hincapié

Socio Fundador

Ex Magistrado del Consejo de Estado (2008). Candidato a Doctor en Derecho de la Universidad Sergio Arboleda. Magíster en Derecho Administrativo de la misma Universidad; especializado en Derecho Administrativo y Público de la Universidad Pontificia Bolivariana de la Ciudad de Medellín; con amplia experiencia docente, académica y de la Magistratura en las áreas de Derecho Administrativo, procesal, contratación pública, responsabilidad del Estado, derecho tributario y público económico. Doctrinante especialmente en Derecho Administrativo con una producción de varios libros y artículos. Como miembro del area de Derecho Público Juan angel acompaña a empresas en procesos licitatorios y representa a entidades estatales y privadas en diversas controversias.

Solicitud de programación de consultas

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Juan Ángel Palacio Hincapié

Socio Fundador

Ex Magistrado del Consejo de Estado (2008), Juan Ángel Palacio Hincapié es un destacado experto en derecho administrativo y público, con una trayectoria profesional ampliamente reconocida. Luego de finalizar su periodo en el Consejo de Estado y tras una larga trayectoria como juez de la República de Colombia, Juan Ángel fundó a PALACIO & ABOGADOS ASESORES en octubre de 2008 donde aporta su vasta experiencia en litigios complejos y asesoramiento legal estratégico.

Su experiencia docente y académica en áreas como el derecho administrativo, procesal, contratación pública, responsabilidad del Estado, derecho tributario y público económico lo convierten en un referente en su campo. En su práctica profesional, ha asesorado a empresas en procesos licitatorios y ha representado a entidades estatales y privadas en diversas controversias legales.

- Magister en Derecho Administrativo de la Universidad Sergio Arboleda, Bogotá Colombia.
- Especialista en Derecho Administrativo y Público de la Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín.
- Abogado de la Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín.

- Reconocido por la publicación “Best Lawyers Colombia” por su trayectoria en Arbitraje desde el 2021.
- Reconocido por la publicación “Best Lawyers Colombia” por su trayectoria en derecho administrativo desde el 2022
- Talento Bolivariano En El Campo Social. Universidad Bolivariana. Medellín, 2007
- Orden de Zurriago. Ciudadano Ilustre. Ciudad Ixtapán de la SaL. México, 2005.
- Ejecutivo del Año 2.004 - Huésped de Honor. Universidad Santiago de Cali. Julio 2001

- La Contratación de las Entidades Estatales, Librería Jurídica Sánchez: Medellín, 2020
- Derecho Procesal Administrativo, Librería Jurídica Sánchez: Medellín, 2021.

Marcela Palacio Puerta

Socia

Marcela Palacio Puerta es abogada especializada en derecho de propiedad intelectual, con una destacada formación académica y una amplia experiencia en el campo legal. Marcela es Doctora en Derecho por la American University Washington College of Law, Washington DC, donde también obtuvo su Master (LL.M) en Estudios Legales Internacionales con especialización en Propiedad Intelectual Internacional y Comparada. Además, es Abogada graduada magna cum laude de la Universidad Sergio Arboleda.

Como Directora del área de práctica en derecho de propiedad intelectual en PALACIO & ABOGADOS ASESORES, Marcela asesora a artistas, autores, compañías, en el manejo de sus derechos de autor, marcas, enseñas comerciales, logos, patentes y demás activos intangibles. Su vasta experiencia en litigios en materia de propiedad intelectual la posiciona como una experta en resolver disputas legales complejas en este campo.

Además de su práctica legal, Marcela ha dedicado 13 años a la docencia universitaria, conferencias e investigación en el área de la propiedad intelectual. Su dedicación y excelencia académica la han llevado a ser reconocida como investigadora Senior de Colciencias.

- Doctora en jurisprudencia, American University Washington College of Law, Washington D.C, Estados Unidos.
- Master en Estudios legales internacionales con especialización en Propiedad intelectual internacional y comparada, American University Washington College of Law, Washington D.C , Estados Unidos.
- Abogada de la Universidad Sergio Arboleda, Bogotá, grado magna cum laude.

- Reconocida por la Publicación Best Lawyers Colombia 2024 para el área de propiedad intelectual.

- International Trademark Association (INTA)
- Centro Colombiano de Derecho de Autor (CECOLDA)
-Colegio de Abogados Comercialistas

- Beca para atender el WIPO-WTO Colloquium for Intellectual Property Professors, de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (2016).
- Becaria de "Google Policy Fellow" (2013).
- Becaria Colfuturo (2011).
- Noveno puesto a nivel nacional en pruebas SaberPro (2010).
- Grado en derecho "magna cum laude" (2011).
- Miembro del grupo de honores "Rodrigo Noguera Laborde" (2008).
- Beca al mejor estudiante de Derecho (2008).
- Segundo puesto en el Moot Court Competition "Eduardo Jiménez de Aréchega" (2008).

Juan Luis Palacio Puerta

Socio

Juan Luis Palacio Puerta es abogado especializado en Derecho Comercial y Financiero, graduado con honores de la Universidad Sergio Arboleda en Bogotá, Colombia. Con más de 10 años de experiencia en litigios de alta complejidad, Juan Luis ha demostrado su capacidad para representar con éxito a empresas y particulares en una amplia gama de controversias legales.

Como director del área de litigios en PALACIO & ABOGADOS ASESORES, Juan Luis ha liderado equipos legales en la representación de empresas de diversos sectores, incluyendo el financiero, de salud, construcción, telecomunicaciones e industrias creativas. Ha manejado asuntos complejos tanto en jurisdicción ordinaria como arbitral, demostrando su habilidad para enfrentar desafíos legales con determinación y profesionalismo. Adicionalmente cuenta con experiencia asesorando empresas en asuntos corporativos.

Su participación como secretario para Tribunales de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá y como árbitro en la Cámara de Comercio de Cali y Medellín refleja su compromiso con la resolución justa y equitativa de conflictos.

- Especialista en derecho comercial y financiero, Universidad Sergio Arboleda, Bogotá.
- Abogado de la Universidad Sergio Arboleda, Bogotá, grado Summa cum Laude.

- Reconocido por la Publicación Best Lawyers Colombia en 2022, 2023 y 2024 para el área de Corporativo.

- Colegio de Abogados Comercialistas
- International Trademark Association (INTA)

- Grado en Derecho Summa cum Laude en 2014.
- Miembro del Grupo de Honores "Rodrigo Noguera Laborde" en 2011.
- Ganador de la Beca al "Mérito Académico" en 2011.
- Mención especial como "Orador" en la V Competencia Internacional de Arbitraje Comercial de American University en 2012.
- Miembro del Semillero de Talentos de COLFUTURO.
- Reconocido como uno de los mejores resultados en las Pruebas Icfes Saber Pro en 2013.